«1175. La Liturgia de las Horas está llamada a ser la oración de todo el Pueblo de Dios. En ella, Cristo mismo “sigue ejerciendo su función sacerdotal a través de su Iglesia” (SC 83); cada uno participa en ella según su lugar propio en la Iglesia y las circunstancias de su vida: los sacerdotes en cuanto entregados al ministerio pastoral, porque son llamados a permanecer asiduos en la oración y el servicio de la Palabra (cf. SC 86 y 96; PO 5); los religiosos y religiosas por el carisma de su vida consagrada (cf SC 98); todos los fieles según sus posibilidades: “Los pastores de almas debe procurar que las Horas principales, sobre todo las Vísperas, los domingos y fiestas solemnes, se celebren en la iglesia comunitariamente. Se recomienda que también los laicos recen el Oficio divino, bien con los sacerdotes o reunidos entre sí, e incluso solos” (SC 100).» (Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1175)