«La información se encuentra entre los principales instrumentos de participación democrática. Es impensable la participación sin el conocimiento de los problemas de la comunidad política, de los datos de hecho y de las varias propuestas de solución. Es necesario asegurar un pluralismo real en este delicado ámbito de la vida social, garantizando una multiplicidad de formas e instrumentos en el campo de la información y de la comunicación, y facilitando condiciones de igualdad en la posesión y uso de estos instrumentos mediante leyes apropiadas. Entre los obstáculos que se interponen a la plena realización del derecho a la objetividad en la información,847 merece particular atención el fenómeno de las concentraciones editoriales y televisivas, con peligrosos efectos sobre todo el sistema democrático cuando a este fenómeno corresponden vínculos cada vez más estrechos entre la actividad gubernativa, los poderes financieros y la información. Los medios de comunicación social se deben utilizar para edificar y sostener la comunidad humana, en los diversos sectores, económico, político, cultural, educativo, religioso:848 «La información de estos medios es un servicio del bien común. La sociedad tiene derecho a una información fundada en la verdad, la libertad, la justicia y la solidaridad».849» (Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, n. 414-415. Pontificio Consejo «Justicia y Paz»)
Derecho a la información
Ética en las Comunicaciones Sociales, 02-06-2000. Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales
Ética en la publicidad, 22-02-1997. Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales
Instrucción pastoral Aetatis novae, 22-02-1992. Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales
Instrucción Pastoral Communio et progressio, 23-05-1971. Pontificia Comisión para los medios de comunicación social
Concilio Vaticano II. Decreto Inter mirifica sobre los medios de comunicación social
Encíclica Pacem in terris, 11-04-1963. Juan XXIII